jueves, 3 de enero de 2008

nuevas medidas en materia de protección de datos personales


A través del blog de Yolanda Hernández me entero de que el pasado 21 de diciembre el Gobierno dio luz verde al reglamento que desarrolla la Ley de Protección de Datos. Yolanda cita cinco aspectos importantes de dicho reglamento

  1. Crece la seguridad jurídica y resuelve determinadas cuestiones o lagunas interpretativas que existiían.
  2. Se aplica también a los ficheros y tratamientos no automatizados (papel) y se fijan criterios específicos sobre las medidas de seguridad de los mismos.
  3. Se garantiza que las personas, antes de consentir que sus datos sean recogidos y tratados, puedan tener un pleno conocimiento de la utilización que se vaya hacer de estos datos.
  4. El interesado dispondrá de un medio sencillo y gratuito para ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, sin tener que usar correo certificado ni otros medios que le supongan un gasto adicional.
  5. Todos los datos derivados de la violencia de género pasan del nivel básico de seguridad a un nivel alto.
Es importante que se refuercen las medidas de protección de datos, a ver si de una vez se empieza a eliminar la escoria que se dedica a traficar con bases de datos y que entre otras cosas están dejando por los suelos el buen nombre de aquellas empresas serias que cumplimos la ley.

De cualquier forma en materia de protección de datos personales, creo que nos hemos vuelto un poco paranoicos, sobre todo en lo que respecta al móvil. Cuando hablo con una Administración uno de los temas que siempre sale es lo relacionado con la protección de datos y están preocupadisimos por el modo de enfocar este asunto. Como si fuera gallego respondo con otra pregunta ¿Tienes las mismas precauciones a la hora de mandar una carta o realizar un buzoneo?, la respuesta siempre es "no es lo mismo". Pues si señores bajo mi humilde punto de vista si es lo mismo, estamos dirigiendo una información a una serie de ciudadano que en el 99% de los casos no ha dado su autorización para que se le remita información en formato papel a su buzón de casa, dicho de otra forma se están usando sus datos de caracter personal para mandar una carta.

En ambos casos la ley es clara, para que una persona reciba una información por el canal que sea debe de haber dado su consentimiento, aunque existe una interpretación que comparto plenamente que viene a decir que si una persona mantiene una relación dentro de un ámbito con una empresa o entidad, esta puede remitir información diversa siempre que se circunscriba al ámbito de la relación. La cosa está en esto último, porque por ejemplo en un Ayuntamiento ¿Cuál es el ámbito de relación?, ¿El departamento?, ¿La Concejalía?, ¿Todo el Ayuntamiento?. Sin ser jurista y sin ánimo de parecerlo, juego a la mayor y me inclino por la opción que indica que la relación es con el Ayuntamiento y máxime teniendo en cuenta la naturaleza de la Entidad, un Ayuntamiento que lo único que pretende es usar un canal de comunicación que haga más fácil nuestra relación e incluso prestar un servicio público.

¿Algún jurista en la sala que arroje algo de luz?


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